El Registro Nacional de Turismo (RNT) es un registro es obligatorio para su funcionamiento y debe actualizarse anualmente durante los tres primeros meses del año (1 de enero al 31 de marzo); en él deben inscribirse todos los prestadores de servicios
turísticos que efectúen sus operaciones en Colombia. En cuanto a este registro, anteriormente asumido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, las inscripciones, actualizaciones, mutaciones y demás modificaciones de los diferentes prestadores de servicios turísticos serán administrados por las Cámaras de Comercio y deben realizarse únicamente de manera virtual.
Si vas a hacer registro por primera vez haz click en Tramite Virtual y sigue estas instrucciones: